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Introducción:
Esto
no es un regalo de nadie, fue una solicitud de la organización sindical.
Tener un representante en cada directorio nació porque nos pareció
importante que la participación que se había logrado en la Emporchi,
pudiera reflejarse nítidamente en las futuras empresas portuarias.
Mi experiencia es que la opinión de los representantes de los
trabajadores tiene una alta recepción en el directorio. Para todas las
materias es contemplada nuestra opinión y de una manera seria. Pero no
ha sido tan exitoso cuando el representante no es dirigente sindical, ya
que responde a sí mismo solamente. El dirigente sindical tiene una
responsabilidad con su organización, sin embargo, quien ha sido electo y
no está vinculado al sindicato, no tiene responsabilidades con nadie
más. Lo que él opina puede dejarlo dentro de su directorio sin ninguna
obligación de transmitirlo a nadie. Yo creo que eso no le hace bien a
las empresas. Cuando las cosas son más transparentes, cuando la gente
sabe por dónde van todos los procesos, eso es un aporte y los
trabajadores se desempeñan en un espacio más
tranquilo.
Las empresas
son propiedad
del
estado,
y deben garantizar un servicio
público estratégico para el comercio exterior y para la política
económica de crecimiento vía exportaciones del país. Su destino,
entonces, es asunto público y corresponde al Gobierno, vía designación
de sus directores, asegurar este fin.
Convencidos que la democracia en la empresa, fomenta la creatividad de
todos sus integrantes, y que es más fácil defender fines comunes cuando
estos han sido discutidos y acordados por todos sus actores, muchas
legislaciones laborales de países más desarrollados, han venido
reconociendo la necesidad de vincular más estrechamente, las decisiones
de las empresas con los intereses y opiniones de sus trabajadores.
Para dicho propósito, estos países han adoptado diversas políticas de
participación de los trabajadores en la empresa, tales como,
participación en la propiedad, vía acciones; en la gestión, vía
organismos bipartitos; en la productividad y salarios, vía incentivos.
Nuestra
legislación laboral común, fruto de las ideas de la dictadura, es
antidemocrática y asume que el destino de las empresas es asunto
exclusivo de sus dueños, por lo que excluye a la sociedad y por cierto
a los trabajadores de su gestión, administración y dirección.
Con todo, las reformas introducidas por los Gobiernos de la Concertación
han avanzado en establecer un cierto derecho a la información y en
potenciar los comités paritarios de seguridad y capacitación como
espacios participativos. Por ello, la creación en la ley N°19.542, de la
figura del representante de los trabajadores en el Directorio de las
Empresas Portuarias Públicas continuadoras de Emporchi, elegido por
votación directa, secreta e informada, es una conquista de los
trabajadores que debe ser valorada, para cuidarla y perfeccionarla.
La institución del representante de los trabajadores en el Directorio ,
como una conquista sindical.
A
comienzos del año 1995, las organizaciones sindicales de la ex - Empresa
Portuaria de Chile (EMPORCHI), comenzaron un largo bregar con el objeto
de tender a la protección de los derechos de los funcionarios y
trabajadores en el curso del proceso de transformación del sector
portuario estatal.
En este batallar se logró comprometer a las más altas autoridades del
Gobierno de la época mediante la firma de una serie de acuerdos 1995
–1996 –1997, cuyos logros finales se tradujeron en la importante
protección social que favoreció a los trabajadores que debieron jubilar
anticipadamente o que optaron por renunciar voluntariamente, mediante el
pago de indemnizaciones muy superiores a las que se habrían obtenido con
la sola aplicación de los derechos consagrados en el Estatuto
Administrativo.
No puede olvidarse que el origen de esta situación, se encuentra en la
política de modernización portuaria del segundo Gobierno de la
Concertación, continuada por el actual, y apoyada por la oposición como
se reflejó en las votaciones casi unánimes de los principales artículos
de la ley N°19.542.
Este proceso de modernización significó, para los trabajadores de
Emporchi, la disminución de 1200 empleos, la pérdida de la carrera
funcionaria, la atomización de las organizaciones sindicales, y la
permanente amenaza de jibarización de las nuevas empresas.
Dada esta situación, la Federación Nacional de Trabajadores Portuarios
de Chile (Fenatraporchi) negoció con el Gobierno, políticas sociales,
laborales y previsionales dirigidas a los trabajadores que debieron
salir de la empresa, para los que debieron u optaron por quedarse y
también para los que ingresaron a ellas.
Los principales acuerdos sobre políticas laborales para las nuevas
empresas, se centraron en:
· La mantención de los derechos, remuneraciones, beneficios sociales
y condiciones de trabajo de los trabajadores en las nuevas empresas a
las que pasaron sin solución de continuidad;
· El compromiso político del Gobierno por la estabilidad laboral,
entendida como la exclusión de las causales de término de la relación
laboral, contenidas en el artículo 161 del Código del Trabajo, hasta la
primera negociación colectiva;
· Considerando la historia del sector, las desiguales condiciones de
cada puerto, la atomización de las organizaciones sindicales, se convino
utilizar una institución que se acababa de introducir con la ley
N°19.250, para que la primera negociación colectiva en las nuevas
empresas fuera supraempresa; y,
· El derecho a elegir de entre los trabajadores un representante con
derecho a voz en el Directorio.
La figura del representante de los trabajadores en el Directorio de las
empresas portuarias creadas por la Ley 19.542, es desde su origen una
conquista sindical, concebida como una herramienta más, complementaria a
las tradicionales del que hacer sindical, dirigida a proteger los
intereses de los trabajadores. Por esto, la Federación Nacional la
reivindica desde las primeras presentaciones, logra su establecimiento
en el punto III) del Acuerdo con el Gobierno el 30 de agosto de 1995,
hasta que, finalmente, el artículo 24 de la ley N°19.542, la instituye
como un integrante del Directorio elegido en votación secreta y directa
por todos los trabajadores de la misma, el que sólo tiene derecho a voz,
y que durará tres años en su cargo pudiendo ser reelegido por una sola
vez.
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Balance del primer período de la acción de los
representantes.
a)
Se ha logrado llevar a la instancia de alta dirección de la
empresa la voz de los trabajadores, la que ha sido escuchada
con respeto, logrando constituirse el representante de los
trabajadores en el Directorio como un agente que ha podido
influir en las decisiones estratégicas más relevantes de la
vida de la empresa.
b)
Se ha logrado sensibilizar al Directorio acerca de la
necesidad de racionalizar las remuneraciones de los
trabajadores, lo que se tradujo en el año 2000 en una
modificación de los contratos individuales que, ajustando la
jornada ordinaria de trabajo, permitió elevar de modo
estable las remuneraciones de los trabajadores en el puerto
de Valparaíso, sin estar afectos a la incertidumbre de
“solicitar” a la Jefatura horas extraordinarias que
permitieran aumentar el líquido mensual.
c)
Se ha logrado del Directorio la adopción de acuerdos que han
permitido la mantención de la estabilidad laboral relativa,
lo que ha significado que aún cuando se han licitado los
Terminales no ha existido despidos masivos.
d)
Se ha apoyado en las sesiones de Directorio, el trabajo
reivindicativo desarrollado por las organizaciones
sindicales, lo que se ha traducido en la reciente firma de
un convenio colectivo de trabajo por dos años, que ha
introducido el concepto de remuneración variable según
objetivos, que comprometerá a los trabajadores con el
cumplimiento de metas.
e)
Se ha apoyado de hecho la acción de los trabajadores de
otras empresas portuarias públicas, en virtud del efecto
expansivo que tienen las discusiones generales en el
Directorio, esto por la ubicación estratégica de Valparaíso.
Conclusiones: Evaluación, Propuesta, Desafíos.
En
resumen, concluimos que a través de la participación del
representante de los trabajadores en los Directorios, se ha
logrado influir en las políticas de alta dirección de las
empresas y sus consecuencias operativas, obteniendo mejor
empleo, más estabilidad y mejoramiento de remuneraciones, en
un contexto bastante adverso.
En nuestra evaluación reivindicamos el trabajo conjunto del
representante con las organizaciones sindicales, locales y
nacionales, como única forma de potenciar la interlocución
unitaria de los trabajadores.
Es nuestra propuesta, profundizar los lazos entre estas
instancias, perseguir la mejor ecuación entre la
reivindicación de los trabajadores y las posibilidades de la
empresa real, manteniendo la voz de los trabajadores en el
Directorio, como una herramienta más al servicio de este
fin.
Quedan muchos desafíos pendientes para el representante
desde la perspectiva de sus trabajadores. Y esto es aún más
evidente si entendemos que la modernización esta lejos de
terminar.
Consolidar este espacio ganado en los acuerdos previos a la
ley 19.542, es el objetivo que nos motiva a volver a dar
nuestro apoyo para realizar estos propósitos a favor de los
intereses de todos lo trabajadores de nuestras empresas.
Hernán Bravo Aravena
Presidente
Fenatraporchi
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